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LAREDO ANALIZA CON COLINDRES, LIENDO Y LIMPIAS SUS LÍMITES
13 de Abril de 2011
El Ayuntamiento de Laredo ha analizado hoy con los ayuntamientos de Colindres, Liendo y Limpias sus límites territoriales.
El Ayuntamiento de Laredo ha analizado hoy con los ayuntamientos de Colindres, Liendo y Limpias sus límites territoriales.
Así, Laredo ha ratificado los trabajos de campo realizados por el Instituto Geográfico Nacional, en virtud del convenio suscrito con el Gobierno de Cantabria y el Ministerio de Política Territorial en el marco del Plan Nacional de Deslindes, en lo relativo al deslinde con el Ayuntamiento de Limpias.
No obstante, se reflejan tres situaciones que precisan de un tratamiento adecuado en los respectivos expedientes que se cursen.
Estas situaciones se refieren a un error de reflejo en la cartografía de 1925 y dos puntos en que se superaría la línea de deslinde establecida.
En cuanto a los deslindes con los municipios de Liendo y Colindres, no se ha refrendado el Acta de Deslinde de 1925 porque no se aceptan sus términos, sino los establecidos en el deslinde jurisdiccional de 1889.
Los tres acuerdos deberán ser ratificados por los Plenos de los tres ayuntamientos, para su remisión al Gobierno de Cantabria que será quien resuelva, sin perjuicio de la intervención en el expediente del Instituto Geográfico Nacional y el Ministerio de Política Territorial.
Así, Laredo ha ratificado los trabajos de campo realizados por el Instituto Geográfico Nacional, en virtud del convenio suscrito con el Gobierno de Cantabria y el Ministerio de Política Territorial en el marco del Plan Nacional de Deslindes, en lo relativo al deslinde con el Ayuntamiento de Limpias.
No obstante, se reflejan tres situaciones que precisan de un tratamiento adecuado en los respectivos expedientes que se cursen.
Estas situaciones se refieren a un error de reflejo en la cartografía de 1925 y dos puntos en que se superaría la línea de deslinde establecida.
En cuanto a los deslindes con los municipios de Liendo y Colindres, no se ha refrendado el Acta de Deslinde de 1925 porque no se aceptan sus términos, sino los establecidos en el deslinde jurisdiccional de 1889.
Los tres acuerdos deberán ser ratificados por los Plenos de los tres ayuntamientos, para su remisión al Gobierno de Cantabria que será quien resuelva, sin perjuicio de la intervención en el expediente del Instituto Geográfico Nacional y el Ministerio de Política Territorial.






