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28 de Marzo de 2024
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Subvenciones para Asociaciones de Comerciantes y sus Federaciones y Confederaciones y Cámaras Oficiales de Comercio.
03 de Mayo del 2011
Orden HAC/10/2011, de 20 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para Asociaciones de Comerciantes y sus Federaciones y Confederaciones y Cámaras Oficiales de Comercio.
Articulo 2. Finalidad.
c).- Para Asociaciones de Comerciantes:
- La adquisición de mobiliario y equipamiento para uso específico de oficinas, salas de reunión y aulas de formación de carácter permanente que se instalen en dependencias de la Asociación, excluyéndose cualquier tipo de “obra civil”.
- La adquisición de una aplicación informática específica para la gestión de las relaciones con sus clientes y asociados.

Articulo 6. Cuantía.
- Hasta el 50% del coste de la inversión para la adquisición de mobiliario y equipamiento y la aplicación informática específi ca por las Asociaciones de Comerciantes.
2.- El importe máximo total de las ayudas para cada entidad benefi ciaria será de 30.000,00 € para las Cámaras Ofi ciales de Comercio y federaciones y Confederaciones de Asociaciones de Comerciantes inscritas en la sección tercera del Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria, y de 20.000,00 € para las Asociaciones de Comerciantes inscritas en las secciones primera y segunda de dicho Registro.

Artículo 7. Plazo y Lugar de Presentación de las Solicitudes.

1.- El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Ofi cial de Cantabria.
2.- Las solicitudes, dirigidas al Consejero de Economía y Hacienda, se presentarán en la Dirección General de Comercio y Consumo, calle Hernán Cortés número 9, 4º, de Santander, sin perjuicio de lo dispuesto en los puntos 4 y 5 del artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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