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CONOCE LAREDO / PORTAL DE TURISMO
27 de Abril de 2024
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CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y TURISMO: Concesión directa de subvenciones para la recuperación de la actividad de los autónomos, microempresas y pequeñas empresas del sector turístico.
03/08/2020
Artículo 1. Objeto y régimen jurídico.

1.El presente Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a autónomos, microempresas y pequeñas empresas del sector turístico para contribuir a paliar el impacto económico derivado de la crisis sanitaria del COVID-19 y a recuperar sus niveles de actividad empresarial previos.

Artículo 2. Beneficiarios.

1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los autónomos, microempresas o pequeñas empresas del sector turístico que a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, cumplieran los siguientes requisitos:

a)Estar debidamente inscrito en el Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria o en el Registro de Guías Turísticos.

b)Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social y en el Impuesto de Actividades Económicas correspondiente.

c)Tener su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el caso de que el titular de la empresa solicitante sea una persona jurídica. Si el titular es una persona física, deberá tener su domicilio fiscal en esta Comunidad Autónoma.

d)Cumplir sus obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, medioambiental, de igualdad de oportunidades y no discriminación y cualesquiera otras que le resulten de aplicación.

e)Tener un máximo de quince trabajadores.


Artículo  3. Plazo y forma de presentación de las solicitudes.

1.Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de quince (15) días contado a partir del día siguiente a la publicación de este decreto en el Boletín Oficial de Cantabria. (31/07/2020)




CONSEJERIA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TRANSPORTE Y COMERCIO subvenciones destinadas a compensar el déficit resultante de la prestación de los servicios de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera.
03/08/2020
Artículo 1. Objeto y beneficiarios.

1.El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones des tinadas a cubrir el déficit de explotación por la prestación de servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera, de uso general y permanente de titularidad autonómica, durante la vigencia del Estado de Alarma declarado en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, finalizado a las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020.
2.Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas prestadoras de los servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera de uso general y permanente en las líneas de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 4. Actuación subvencionable.

1.El importe de la subvención servirá para sufragar el déficit de explotación originado por gastos corrientes en los servicios objeto de subvención durante la vigencia del Estado de Alarma y podrá alcanzar, como máximo, el 100% del referido déficit, calculado en los términos establecidos en este artículo. El importe se determinará en función del coste del servicio del que se deducirá el ingreso obtenido, determinados según se desarrolla en el artículo siguiente.

2.Únicamente se tendrán en cuenta para el otorgamiento de las ayudas los costes de explotación considerados imprescindibles para la prestación adecuada del servicio, que serán detallados por el solicitante en el correspondiente estudio de explotación, no siendo aceptados en ningún caso los derivados de una inadecuada gestión o estructura empresarial o comercial del prestador del servicio. No se considerarán los costes de amortización, ni otros costes fijos asociados a los vehículos (impuestos, seguros), por considerarse independientes de la situación excepcional generada por el Estado de Alarma.

3.En ningún caso el coste máximo subvencionable por kilómetro rodado del servicio podrá superar los 1,80 €/km para los servicios en áreas urbanas y suburbanas (considerando como tales aquellos servicios prestados en un radio de 15 kilómetros de poblaciones de más de
25.00habitantes) y 1,40 €/km en el resto de los servicios, independientemente del número de plazas del vehículo con el que se realice el servicio.

Artículo 6. Plazo y forma de presentación de las solicitudes.

1.Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de quince (15) días contado a partir del día siguiente a la publicación de este decreto en el Boletín Oficial de Cantabria. (31/07/2020)



SODERCAN: Jornada “Marruecos – Costa de Marfil: oportunidades de negocio para la empresa cántabra”.
27/07/2020
 La Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio, a través de SODERCAN, en colaboración con la Cámara de Cantabria, organizan esta jornada informativa que tendrá lugar el miércoles 29 de julio en formato virtual


Enmarcada dentro del Plan de Acciones de Promoción Internacional 2020 y desarrollado en colaboración con la Cámara de Comercio de Cantabria, la Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio, a través del Área de Prospección de Nuevos Mercados e Internacionalización de SODERCAN organizan el próximo miércoles, 29 de julio, de 10:00 a 11:30 horas la jornada informativa “Marruecos – Costa de Marfil: Oportunidades de Negocio para la Empresa Cántabra”

Para más información e inscripciones visitar el siguiente enlace: 

www.sodercan.es/jornada-marruecos-costa-de-marfil-oportunidades-de-negocio-para-la-empresa-cantabra/




Dos becas de formación para Posgraduados con destino en la Oficina del Gobierno de Cantabria en Bruselas durante el periodo 2020/2021: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR, JUSTICIA Y ACCIÓN EXTERIOR
24/07/2020

Extracto de la Orden de PRE/115/2020, de 15 de julio, por la que se procede a la convocatoria de DOS BECAS DE FORMACIÓN PARA POSGRADUADOS CON DESTINO EN LA OFICINA
DEL GOBIERNO DE CANTABRIA EN BRUSELAS DURANTE EL PERIODO 2020/2021.

BASES: Consultar el archivo adjunto.

EXTRACTO: boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do
SUBVENCIONES A LA ARTESANÍA EN CANTABRIA: CONSEJERIA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TRANSPORTE Y COMERCIO
23/07/2020
 CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TRANSPORTE Y COMERCIO

 Orden INN/33/2020, de 14 de julio, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2020 de las ayudas a la artesanía en Cantabria.
Con fecha 18 de julio de 2017 se publicó en el Boletín Ofi cial de Cantabria número 138 la Orden INN/33/2017, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las Ayudas a la Artesanía en Cantabria.

En los siguientes enlaces podrán ver las bases y el extracto de la convocatoria:

BASES: boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do

EXTRACTO: boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do

FECHA LÍMITE PARA LAS SOLICITUDES : 7 de Septiembre 2020


CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TRANSPORTE Y COMERCIO: NUEVO TÉRMINO FINAL EJECUCÍON DE SUBVENCIONES INNOVA E INDUSTRIA 4.0
23/07/2020
 Se establece como nueva fecha término de ejecución para las ayudas a la industria INNOVA convocatoria 2018 y 2019 e INDUSTRIA 4.0 2019 el 15 de octrubre de 2020.

Para más información consultar los siguientes enlaces:

INDUSTRIA 4.0 CONVOCATORIA 2019: boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do

INNOVA CONVOCATORIA 2018: boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do

I
NNOVA CONVOCATORIA 2019: boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do





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21/07/2020
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y TURISMO:Convocatoria de subvenciones a las empresas turísticas para inversiones en alojamientos turísticos, restaurantes, cafeterías y bares, campamentos de turismo y empresas de turismo activo.
20/07/2020
 La Consejería de Educación , Formación Profesional y Turismo, convoca las Subvenciones para las empresas Turísticas:

Primero. Beneficiarios.

a) los titulares de las pequeñas y medianas empresas turísticas, ya sean personas físicas o jurídicas, cuyo establecimiento, objeto de la inversión, se encuentre radicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que estén ejerciendo legalmente su actividad en las diferentes categorías de alojamientos turísticos, restaurantes, cafeterías y bares, campamentos de turismo con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del turismo de Cantabria.

b) las empresas de turismo activo inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Dirección General de Turismo de la Comunidad Autónoma de Cantabria con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria.

Segundo. Finalidad.

Obras de reforma y mejora de las instalaciones hoteleras, extrahoteleras y de turismo rural, así como de campamentos de turismo, restaurantes, cafeterías y bares en materia de accesibilidad, efi ciencia energética y ascenso de categoría, entre otras. Adquisición de materiales para la realización de actividades de turismo activo.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden INN/14/2016, de 29 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para las subvenciones a las empresas turísticas para inversiones en alojamientos turísticos, restaurantes, cafeterías y bares y campamentos de turismo y empresas de turismo activo (BOC nº 94, de 17 de mayo de 2016).

Cuarto. Importe.

La dotación económica de la convocatoria de subvenciones será de 250.000 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de Cantabria hasta el 31 de agosto de 2020, ambos inclusive.


Bases Reguladoras y Extracto en los archivos adjuntos

CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y TURISMO: Becas dirigidas a postgraduados y técnicos superiores de Formación Profesional del sistema educativo, en la Dirección General de Innovación e Ins
20/07/2020
 La Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo desarrolla actividades de formación dirigidas a postgraduados y técnicos superiores en áreas diversas. La formación y especialización práctica a adquirir por los becarios dentro del ámbito competencial de la Dirección General de Innovación e Inspección Educativa versará, entre otras, sobre las siguientes áreas:

1.- Planes, programas y proyectos educativos.
2.- Tecnologías de la información y la comunicación.
3.- Atención a la diversidad y convivencia.
4.- Evaluación y acreditación académica.

La Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones, exige que las subvenciones
con cargo a créditos presupuestarios que no tengan asignación nominativa y que afecten a un colectivo de benefi ciarios potenciales, generales o indeterminados, se concedan de acuerdo con criterios de publicidad, libre concurrencia y objetividad.
Por ello, en el marco establecido en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre,
de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

En el archivo adjunto encontrarán las bases Reguladoras de esta convocatoria


SODERCAN: 9ª edición del curso online “El Comercio Internacional: Transporte Marítimo y Operativa Portuaria”.
20/07/2020
 a Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio, a través de SODERCAN, y el Puerto de Santander, en colaboración con ICEX España Exportación e Inversiones, convocan la 9ª edición de este curso online

La 9ª edición del curso online “El Comercio Internacional: Transporte Marítimo y Operativa Portuaria” que se celebrará del 14 de septiembre al 22 de noviembre de 2020 (fase online), está dirigida a profesionales del área internacional de las empresas exportadoras (principalmente PYMES), a empresas de transporte, transitarios y otros operadores logísticos, así como a empresas que vayan a iniciarse en el comercio exterior.

Para más información e inscripciones visitar el siguiente enlace: www.sodercan.es/9a-edicion-del-curso-online-el-comercio-internacional-transporte-maritimo-y-operativa-portuaria/



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