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19 de Marzo de 2024
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Programa Hélice. Curso virtual a jóvenes para el desarrollo de proyectos culturales.
06/05/2020
Programa Hélice

El Proyecto Hélice es un curso virtual que quiere apostar por la cultura aportando a sus alumnos y alumnas herramientas concretas que les sirvan para lograr que sus ideas sean realizables en el largo plazo, pensando en un horizonte que les permita dedicarse profesionalmente a aquello que les interese.

Lograr la sostenibilidad económica de un proyecto cultural es un objetivo a menudo descuidado por quienes se dedican a actividades culturales y que, muy a menudo, acaba condicionado que una iniciativa sea posible o no. A través de los contenidos del curso, de nivel introductorio, obtendrás los conocimientos fundamentales y diversas herramientas para buscar la sostenibilidad de tus proyectos culturales.

El curso está en marcha entre el 30 de marzo y el 10 de mayo de 2020. La inscripción se podrá realizar hasta el 8 de mayo, dos días antes de que finalice el curso.

Hélice está dirigido a jóvenes de 18 a 29 años en situación de desempleo que tienen interés en el sector cultural. Sin embargo, el itinerario formativo está abierto a todas las personas hispanohablantes, independientemente de su edad, lugar de residencia o situación laboral.

El equipo docente lo componen, gestores/as culturales, emprendedores/as y artistas de diversos ámbitos con experiencia en la puesta en marcha de proyectos culturales. El curso está organizado por el Organismo Internacional de Juventud para Iberoamérica (OIJ) y la asociación cultural Meninas Cartoneras.

Inscripción y curso aquí


Subsidio Extraordinario para Empleadas de Hogar ¿Cómo puedo solicitarlo?
05/05/2020
Subsidio Extraordinario para Empleadas de Hogar ¿Cómo puedo solicitarlo?

Enlace

Enlace a documentos para la solicitud 

Personas beneficiarias de este subsidio extraordinario

Lo podrá solicitar si antes del 14 de marzo, usted trabajaba como empleada de hogar y estaba dada de alta en la Seguridad Social, y la declaración del estado de alarma del 14 de marzo, le afectó en uno o varios de los trabajos que realizaba como empleada de hogar, de alguna de estas dos formas para evitar el riesgo de contagio por coronavirus:
  • Su empleador/titular del hogar le redujo el número de horas de su jornada total o parcialmente.
  • Su empleador/titular del hogarla despidió o finalizó su contratopor causas ajenas a usted.

Plazo de presentación

A partir del día 5 de mayo hasta el día en que finaliza el mes siguiente al día de fin de vigencia del estado de alarma.

¿Dónde puedo presentar la solicitud? ¿A través de qué canales?
  • Presencial: Usted podrá descargar e imprimir la solicitudy presentarla en cualquier oficina de asistencia en materia de registros o en las oficinas de correos, dirigiéndola aUnidad Subsidio Empleadas Hogar.Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, Calle Condesa de Venadito Nº9, 28027-Madrid. Para descargar e imprimir la solicitud NO necesita DNI electrónico, certificado electrónico o Cl@ve
  • ONLINE: Puedepresentar su solicitud online en la SEDE del Servicio Público de Empleo Estatal, siempre que disponga de DNI electrónico, certificado electrónico o Cl@ve.
¿Cómo debo presentar la solicitud? ¿Qué documentación necesito?

Debe realizar la solicitud online mediante la SEDEo de manera manualcumplimentando:
  • El formulario disponible en esta web : “Solicitud de subsidio extraordinario sistema especial empleados del hogar (COVID-19)”, documento pdf que permite rellenarlo online o bien descargarlo e imprimirlo.
  • Además, necesitará aportar fotocopia de un documento que acredite su identidad y la de todos sus empleadores
  • y una Declaración Responsable de sus empleadores/titulares del hogar (según modelo disponible en esta web "Declaración responsable de la persona empleadora de personas trabajadoras del Sistema Especial para Empleados de Hogar", o bien la carta de despido o acreditación de su baja en la Seguridad Social.
¿Cuánto dura este subsidio?

Desde la fecha en que debido a la crisis del coronavirus, su empleador de hogar le dio de baja en la Seguridad Social o le redujeron la jornada, según conste en la Declaración Responsable, hasta un mes después del fin de la vigencia del estado de alarma (o hasta la fecha en que usted se reincorporó a su trabajo con la jornada habitual) siempre que durante todo el periodo se mantengan los requisitos exigidos para ser beneficiario.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La cuantía se determinará aplicando el 70% a la base reguladora correspondiente a la actividad que hubiera dejado de realizar, sin poder superar el límite de 950 euros (SMI), excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

Además, la cuantía también dependerá de los ingresos que perciba por la realización de otros trabajos y de la reducción que estos hubieran sufrido.
¿Hay situaciones incompatibles con el subsidio?
Son varias las situaciones incompatibles con este subsidio como por ejemplo ser beneficiario de una prestación por incapacidad temporal o del permiso retribuido recuperable, así como la realización de trabajos por los que percibaingresos superiores a 950 euros, etc.
Puede consultar toda la información en el espacio dedicado al subsidio extraordinario para personas empleadas de hogaren las medidas COVID19 de nuestra web.
Procedimiento para la tramitación de solicitudes del subsidio de desempleo excepcional por fin de contrato temporal.
05/05/2020
Procedimiento para la tramitación de solicitudes del subsidio de desempleo excepcional por fin de contrato temporal

4 de mayo de 2020

Enlace

Requisitos
La persona trabajadora deberá reunir los siguientes requisitos:
  • Encontrarse inscrita como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo y suscribir el compromiso de actividad. Durante la vigencia del estado de alarma, la inscripción como demandante de empleo se realizará de oficio por el servicio público de empleo competente, a instancia del SEPE.
  • No contar con la cotización necesaria para acceder a otra prestación o subsidio por desempleo.
  • Haber cesado de forma involuntaria, a partir del 15 de marzo de 2020, en un contrato por cuenta ajena de duración determinada durante el cual existirá la obligación de cotizar por desempleo y cuya vigencia haya sido igual o superior a dos meses.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. (Cuantías para este año).
  • No ser perceptora de cualquier renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier Administración Pública.
  • No estar trabajando por cuenta propia o ajena a jornada completa en la fecha de la extinción del contrato ni en la fecha del nacimiento del subsidio excepcional.
Solicitud
  • La persona trabajadora cumplimentará el formulario de pre-solicitud de prestación individual disponible en la sede electrónica del SEPE que tendrá efectos de solicitud provisional, y lo enviará a la entidad gestora a través de la misma sede.
  • Así mismo, se podrá presentar el formulario a través de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Presentación de solicitudes
  • El plazo de presentación empezará a partir del día 5 de mayo y terminará el día en que se cumpla un mes desde la fecha en que finalice la vigencia de la declaración de estado de alarma, ambos inclusive. Si se presenta fuera del plazo indicado, se tendrá por no presentado.
Duración y cuantía
  • El derecho al subsidio excepcional nacerá a partir del día siguiente a aquel en que se haya extinguido el contrato de trabajo de duración determinada. En caso de que el periodo que corresponda a las vacaciones anuales retribuidas no haya sido disfrutado con anterioridad a la finalización de la relación laboral, el nacimiento del derecho se producirá una vez transcurrido dicho periodo.
  • La duración será de un mes, ampliable si así se determina por Real Decreto-ley y no podrá percibirse en más de una ocasión.
  • El subsidio excepcional consistirá en un ayuda mensual del 80 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente y su pago se realizará por el Servicio Público de Empleo Estatal a partir del mes siguiente al de la solicitud.
  • Las cotizaciones acreditadas por la persona trabajadora correspondientes al trabajo de duración determinada extinguido y las anteriores, si las hubiera, se considerarán utilizadas para el reconocimiento del subsidio excepcional, y por tanto, no podrán tenerse en cuenta, en su caso, para el reconocimiento de una futura prestación.
Puede consultar toda la información en el espacio dedicado al subsidio excepcional por fin de contrato temporalen las medidas COVID-19 de nuestra web.
FASE 0 - MEDIDAS PARA LA APERTURA - COMERCIO Y SERVICIOS PERSONALES
05/05/2020
MEDIDAS PARA LA APERTURA
FASE 0
COMERCIO MINORISTA Y SERVICIOS ASIMILADOS: PELUQUERÍAS, CENTROS DE ESTÉTICA O FISIOTERAPIA

VER DOCUMENTO ADJUNTO

Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado.

La presente orden ministerial entrará en vigor a las 00:00 horas del día 4 de mayo de 2020 y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.


FASE 0 - MEDIDAS PARA LA APERTURA - HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
05/05/2020
MEDIDAS PARA LA APERTURA
FASE 0
HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN

VER DOCUMENTO ADJUNTO

Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado.

La presente orden ministerial entrará en vigor a las 00:00 horas del día 4 de mayo de 2020 y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.

Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana. Una plaza vacante de Interventor interino.
30/04/2020
Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana

Bases y convocatoria para la cobertura con carácter interino, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza vacante de Interventor. Expediente 17/929/2020.

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Ayuntamiento de Hermandad de Campoo de Suso. Bolsa de empleo Peones Forestales.
30/04/2020
Ayuntamiento de Hermandad de Campoo de Suso

Bases y convocatoria para la constitución de una bolsa de empleo, por el sistema de concurso-oposición, para cubrir con contrato temporal plazas de Peones Forestales.

Enlace

INICIATIVA CANTABRIA A DOMICILIO, DIRIGIDO A EMPRESAS
29/04/2020
Desde la CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TRANSPORTE Y COMERCIO han lanzado la iniciativa CANTABRIA A DOMICILIO mediante la cual, en el estado de alarma por el Covid-19, pone a disposición de todos los ciudadanos un listado completo por municipios, de todas las empresas, comercios y autónomos que envían los productos a domicilio o bien tienen tienda online. El objetivo es dar visibilidad a esos negocios, y servir también, para que los usuarios demanden activamente estos productos o servicios.

Las empresas interesadas en participar en esta iniciativa pueden acceder a la siguiente web en la que cumplimentando un sencillo cuestionario, se pueden dar de alta.

https://cantabriaadomicilio.es/

Ayuntamiento de Camargo. Una plaza de Técnico de Administración General.
20/04/2020
Ayuntamiento de Camargo

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 4 de marzo de 2020, de aprobación de las bases reguladoras y convocatoria del procedimiento selectivo para la cobertura en propiedad, como funcionario de carrera, mediante oposición libre, de una plaza de Técnico de Administración General vacante en la plantilla. Expediente RHU/4/2020.

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