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MULTAS DE 1.200 EUROS PORINCUMPLIR LA LEY DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS
19 de Agosto de 2013


 
 El Ayuntamiento de Laredo ha impuesto una sanción de 1.200 euros a cada una de las dos personas que fueron denunciadas en junio por vulnerar la Ley 50/1999 sobre Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos. La sanción aplicada por resolución de alcaldía asciende a la mitad del importe máximo previsto para las infracciones graves.


Los hechos acontecieron en la plaza Fuente Fresnedo, junto al ambulatorio de la Puebla Vieja, a las 20:10 horas del pasado 26 de junio. Uno de los denunciados fue sorprendido por la Policía Local cuando se encontraba a cargo de un perro considerado de raza peligrosa sin que el animal llevase bozal y fuese sin amarrar. Los agentes comprobaron, además, que tenía caducado el preceptivo seguro y la vacunación antirrábica. Por si fuera poco, el can carecía de inscripción en el correspondiente registro.

En paralelo a la denuncia se comprobó la titularidad del animal, que correspondía a un tercero distinto de quien estaba a cargo del animal. El artículo 9.2 de la Ley 50/1999 establece como obligatorio que los propietarios, criadores o tenedores de animales potencialmente peligrosos cumplan todas las normas de seguridad ciudadanaestablecidas en la legislación vigente, de manera que garanticen la óptima convivenciade estos animales con los seres humanos y se eviten molestias a la población.

En base a esta constatación, se procedió a ampliar contra el propietario la denunciainterpuesta contra quien en el momento de los hechos se encontraba a cargo del perro. Incoado el oportuno expediente, por presunta infracción a los artículos 13.1 y 13.2 de la citada ley, desde el Ayuntamiento se ha procedido a ratificar una propuesta de resolución que sanciona de manera severa los graves incumplimientos de la norma. La resolución es susceptible de recurso de reposición ante la Alcaldía por plazo de un mes, sin perjuicio de la posibilidad de recurso contencioso-administrativo.

El control del cumplimiento de la Ley 50/1999 sobre Tenencia de Animales Peligrosos ha dado lugar en los últimos meses a la incoación de varios expedientes sancionadores en Laredo. Las multas podrían alcanzar los 12.000 euros en los casos más extremos. En todos los expedientes se detectan notables vulneraciones de una ordenanza que Laredo aprobó en el año 2002.

Una de las últimas acciones policiales se desencadenó a comienzos de julio en un paraje próximo a la Cueva de La Baja. El propietario de un perro considerado de raza peligrosa fue denunciado ante la evidencia de que el animalcarecía de bozal. El requerimiento del resto de documentación legal dio como resultado la constatación de que carecía tanto de seguro de responsabilidad civil como de licencia municipal e inscripción en el correspondiente registro. Hechos muy similares a los que ahora han culminado en una sanción de 1.200 euros.


Estos expedientes se suman al que culminó el pasado mes de febrero con la imposición de sendas multas de 300 euros al propietario y al paseante de un perro considerado potencialmente peligroso, que carecía de bozal y de correa y que acabó enzarzado en una pelea con otro can, causando heridas tanto al otro animal como a su propietario, así como diversos daños materiales.

Razas peligrosas
La ley 50/1999 establece comorazas de perros considerados peligrosos el Pitt Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Staffordshire Bull Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu y todos los perros nacidos del cruce de estos. También se considerarán peligrosos,independientemente de la raza,aquellos perros que hayan sido violentos en alguna ocasión. Además, tienen esta consideración aquellos que presenten las siguientes características: fuerte musculatura, pelo corto, 50-70 cm de altura y perímetro torácico de unos 80 cm, peso superior a 20 kg, carácter contundente, cabeza voluminosa, mandíbula muy marcada, cuello ancho, extremidades anteriores paralelas y posteriores muy musculosas.

En cuanto a los requisitos exigibles para obtener la licencia, es imprescindible que quien la solicita sea mayor de edad, no haya sido condenado por ningún delito, disponer de capacidad física y psicológica, y haberse asegurado con una cobertura a partir de 120.000€. La licencia tiene una caducidad de 5 años y puede ser renovada por otro lustro en sucesivas ocasiones a no ser que se incumpla alguna condición.

Además de esta licencia, estar en posesión de un can considerado por esta ley como peligroso implicará llevar siempre la licencia. Además, el perro llevará en todo momento bozal y una correa que no sobrepase los 2 metros. En una casa con jardines o terrenos tendrán que estar atados a no ser que se encuentren en una caseta propia de la que no puedan salir sin ayuda de terceros.


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