07 de Agosto de 2026
11:33 hs
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El próximo jueves, 3 de mayo, finaliza el plazo de presentación de ofertas para optar a la adjudicación del Seguro de Responsabilidad Civil del Ayuntamiento de Laredo. La duración del contrato será de un año a contar a partir del 21 de mayo, prorrogable por mutuo acuerdo hasta un máximo de dos años. El presupuesto base de licitación se ha fijado en la cantidad total de 140.000 euros, a razón de 70.000 euros/año. Los interesados pueden acceder a los pliegos de condiciones técnicas y administrativas en el apartado “Perfil del Contratante” de la página web municipal.
Así lo ha explicado el concejal de Personal, Organización y Régimen Interior, Ramón Arenas, quien ha supervisado los trámites previos de este procedimiento abierto aprobado por la Junta de Gobierno de Local el pasado 30 de marzo. El objeto del seguro es garantizar el pago de las indemnizaciones de que pudiera resultar patrimonialmente responsable el Ayuntamiento frente a los ciudadanos en general y empleados en particular, en su condición de titular de bienes de dominio público y patrimoniales, así como prestadora de servicios públicos. El seguro garantiza asimismo la Responsabilidad Civil del Ayuntamiento por daños o perjuicios causados a terceros por las autoridades (alcalde, concejales y empleados) en el ejercicio de sus funciones y por aquellas personas de quien deba responder en el desarrollo de las actividades propias del Ayuntamiento.
La suma máxima asegurada por siniestro ascenderá, como mínimo, a novecientos mil euros. En cuanto a daños corporales se establece un límite por víctima de 180.000 euros. La Compañía adjudicataria se compromete expresamente a la peritación técnica de los siniestros y reclamaciones denunciados al Ayuntamiento, siempre que la Corporación carezca de técnicos con conocimientos o especialidad técnica que puedan efectuarla, con independencia de si la cuantía reclamada en los mismos sea inferior o superior al importe de la franquicia concertada en la póliza, en caso de existir ésta.
Todos los seguros incluirán representación en juicio y defensa jurídica en todas las reclamaciones relativas a los mismos, Asimismo y cuando así se requiera, se deberá aportar informe jurídico en el curso de expedientes tramitados conforme al Real Decreto 429/93 por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial, para su incorporación a las actuaciones. En todo caso, y sin perjuicio del deber de emitir los informes que se le soliciten en el plazo máximo de veinte días desde la recepción de la solicitud, el adjudicatario deberá comparecer ante los Tribunales oportunos, junto con el representante del Ayuntamiento, en los casos de reclamaciones por responsabilidad municipal que superen el importe de la franquicia de la póliza, si la hubiere.
A modo de memoria, el pliego de cláusulas administrativas incluye una relación de los expedientes de responsabilidad patrimonial abonados por la compañía de seguros por vía judicial o reconocimiento por vía administrativa, correspondientes a los tres últimos años. Así, durante el 2009, dicho importe ascendió a 29.989 euros distribuidos en siete expedientes. En el año 2010 la cantidad abonada fue de 15.993 euros distribuidos en cuatro expedientes. Finalmente, en el año 2011 el importe al que hubo de hacer frente la adjudicataria fue de 1907,24 euros relativos al único expediente que prosperó en determinar la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento.
El órgano de contratación adjudicará el contrato a la oferta más ventajosa en su conjunto para el Ayuntamiento, sin que la misma deba remitirse exclusivamente a la cuantía económica. Así, en cuanto a los criterios que se tendrán en cuenta, el precio de las diversas pólizas se puntuará hasta un máximo de 35 puntos. La disminución de la franquicia, hasta un máximo de 15 puntos. La mejora de condiciones generales del contrato propuesto y cobertura garantizadas sobre las mínimas establecidas en el Pliego de Condiciones se valorarán hasta un máximo de 20 puntos; la garantía de peritación y procedimiento para su realización en aquellos casos incluidos dentro de la franquicia, puntuarán hasta un máximo de 10 puntos; la relación y asesoramiento al Ayuntamiento en orden a la declaración de siniestros, control de los mismos y relación con las personas reclamantes se puntuará hasta 15 puntos.
La suma máxima asegurada por siniestro ascenderá, como mínimo, a novecientos mil euros. En cuanto a daños corporales se establece un límite por víctima de 180.000 euros. La Compañía adjudicataria se compromete expresamente a la peritación técnica de los siniestros y reclamaciones denunciados al Ayuntamiento, siempre que la Corporación carezca de técnicos con conocimientos o especialidad técnica que puedan efectuarla, con independencia de si la cuantía reclamada en los mismos sea inferior o superior al importe de la franquicia concertada en la póliza, en caso de existir ésta.
Todos los seguros incluirán representación en juicio y defensa jurídica en todas las reclamaciones relativas a los mismos, Asimismo y cuando así se requiera, se deberá aportar informe jurídico en el curso de expedientes tramitados conforme al Real Decreto 429/93 por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial, para su incorporación a las actuaciones. En todo caso, y sin perjuicio del deber de emitir los informes que se le soliciten en el plazo máximo de veinte días desde la recepción de la solicitud, el adjudicatario deberá comparecer ante los Tribunales oportunos, junto con el representante del Ayuntamiento, en los casos de reclamaciones por responsabilidad municipal que superen el importe de la franquicia de la póliza, si la hubiere.
A modo de memoria, el pliego de cláusulas administrativas incluye una relación de los expedientes de responsabilidad patrimonial abonados por la compañía de seguros por vía judicial o reconocimiento por vía administrativa, correspondientes a los tres últimos años. Así, durante el 2009, dicho importe ascendió a 29.989 euros distribuidos en siete expedientes. En el año 2010 la cantidad abonada fue de 15.993 euros distribuidos en cuatro expedientes. Finalmente, en el año 2011 el importe al que hubo de hacer frente la adjudicataria fue de 1907,24 euros relativos al único expediente que prosperó en determinar la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento.
El órgano de contratación adjudicará el contrato a la oferta más ventajosa en su conjunto para el Ayuntamiento, sin que la misma deba remitirse exclusivamente a la cuantía económica. Así, en cuanto a los criterios que se tendrán en cuenta, el precio de las diversas pólizas se puntuará hasta un máximo de 35 puntos. La disminución de la franquicia, hasta un máximo de 15 puntos. La mejora de condiciones generales del contrato propuesto y cobertura garantizadas sobre las mínimas establecidas en el Pliego de Condiciones se valorarán hasta un máximo de 20 puntos; la garantía de peritación y procedimiento para su realización en aquellos casos incluidos dentro de la franquicia, puntuarán hasta un máximo de 10 puntos; la relación y asesoramiento al Ayuntamiento en orden a la declaración de siniestros, control de los mismos y relación con las personas reclamantes se puntuará hasta 15 puntos.






