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16 de Abril de 2024
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Gob. Cantabria. Subvenciones 2019 a empresas turísticas para inversiones: alojamientos turísticos, restaurantes, cafeterías y bares, campamentos y empresas de turismo activo
25 de Marzo del 2019
Orden INN/9/2019, de 7 de marzo, por la que se convocan para el año 2019 las subvenciones a las empresas turísticas para inversiones en alojamientos turísticos, restaurantes, cafeterías y bares, campamentos de turismo y empresas de turismo activo.

Enlace

Resumen:
  • El importe de la subvención será igual al 30% del importe de la inversión subvencionada y en ningún caso superará la cantidad de 40.000 €.
  • Las solicitudes podrán presentarse hasta el 1 de octubre de 2019.
Más información en: 
Dirección General de Turismo
TEL. 942 208 296
EMAIL dgturismo@cantabria.es
Ayudas y subvenciones
TEL. 942 208 206

Gastos subvencionables.
1. Serán gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen y paguen entre el 1 de agosto de 2018 y el 31 de agosto de 2019, ambos inclusive, siempre y cuando no hayan sido subvencionados en la convocatoria del año 2018.
2. En concreto, se considerarán gastos subvencionables los que tengan por objeto:

1º.- Inversiones en las distintas categorías de alojamientos turísticos, a excepción de campamentos de turismo, con una inversión mínima subvencionable de 10.000 € para establecimientos con más de 25 habitaciones, 6.000 € para establecimientos de 15 a 25 habitaciones y 5.000 € para aquéllos con menos de 15 habitaciones, según el siguiente detalle:
a) La instalación de ascensor, de acuerdo con la normativa vigente en la materia.
b) La instalación de escalera de servicio y/o escalera de incendios, de acuerdo con la normativa vigente en la materia.
c) Obras de insonorización horizontal, vertical y paramentos exteriores, inclusive ventanas y miradores, conforme a la normativa vigente en la materia.
d) Obras para la creación de plazas de aparcamiento de vehículos, excluida la compra de terreno.
e) Obras en materia de accesibilidad para personas con movilidad reducida.
f) La instalación de sistemas de climatización y/o aire acondicionado.
g) Las obras de construcción y/o reforma de espacios de ocio y entretenimiento (excluido el equipamiento y mobiliario).
h) Obras de acondicionamiento y mejora de los baños de uso común y/o cambio de sanitarios, siempre que no hayan sido subvencionadas en el punto e).
i) Obras de reforma y construcción de ofi cios y montacargas.
j) Obras de reformas de baños de las habitaciones y/o cambio de sanitarios.
k) Instalación y equipamiento de sistemas de automatización de instalaciones (domótica) y de efi ciencia energética.
l) Inversiones necesarias para la implantación, obtención y renovación de la certifi cación de la marca de calidad turística "Q/UNE" impulsada por el ICTE.
m) Obras y equipamiento necesarios para el ascenso de la modalidad de "hostal a extinguir" a la modalidad de hotel.
n) Obras de reforma y mejora de cocinas, incluido mobiliario y maquinaria en los alojamientos que dispongan de estas, conforme a la legislación de aplicación.
o) Instalación de tecnología wifi con acceso desde las habitaciones y zonas de uso común.
p) Obras de construcción y/o reforma y acondicionamiento de terrazas, incluidos los cerramientos, la pavimentación y la cubierta, excluido el mobiliario.
q) Adquisición de terminales de punto de venta (TPV) incluido el software y las impresoras.

2º.- Inversiones en los subsectores de restaurantes y cafeterías con una inversión mínima subvencionable de 6.000 € para:
a) Obras de reforma y mejora de cocinas y/o comedores, incluido mobiliario y maquinaria. Quedan excluidos los gastos de elementos de menaje (copas, platos, mantelería...) y decorativos.
b) Obras en materia de accesibilidad para personas con movilidad reducida.
c) Obras de acondicionamiento y mejora de los baños de uso común y/o cambio de sanitarios siempre que no hayan sido subvencionadas en el punto anterior.
d) La instalación de sistemas de climatización interior y/o aire acondicionado.
e) Instalación y equipamiento de sistemas de automatización de instalaciones (domótica) y de efi ciencia energética.
f) Inversiones necesarias para la implantación, obtención y renovación de la certifi cación de la marca de calidad turística "Q/UNE" impulsada por el ICTE.
g) Adquisición de terminales de punto de venta (TPV) incluido el software y las impresoras
h) Las obras de construcción de espacios de ocio y entretenimiento (parques infantiles) ‒ excluido el equipamiento y mobiliario.

3º.- Inversiones en el subsector de campamentos de turismo con una inversión mínima subvencionable de 6.000 € para:
a) Obras de acondicionamiento e infraestructura de las parcelas a la legislación de aplicación, así como la adaptación de los viales para la mejora de la circulación y accesos a las parcelas.
b) Obras para la creación de plazas de aparcamiento de vehículos, excluida la compra de terreno.
c) Instalación de tecnología wifi con acceso desde las parcelas.
d) Obras de acondicionamiento y mejora de los baños de uso común y/o cambio de sanitarios, siempre que no hayan sido subvencionadas en el punto siguiente.
e) Obras en materia de accesibilidad para personas con movilidad reducida.
f) Acondicionamiento y mejora de las instalaciones eléctricas, acometidas, acumuladores de agua e instalaciones de depuración de aguas residuales, adaptadas a la legislación de aplicación en la materia.
g) Instalación y equipamiento de sistemas de automatización de instalaciones (domótica) y de efi ciencia energética.
h) Las obras de construcción y/o reforma de espacios de ocio y entretenimiento.
i) Inversiones necesarias para la implantación, obtención y renovación de la certifi cación de la marca de calidad turística "Q/UNE" impulsada por el ICTE.
j) Adquisición de terminales de punto de venta (TPV) incluido el software y las impresoras.

4º.- Inversiones en el subsector de bares con una inversión mínima subvencionable de 3.000 € para:
a) Obras de acondicionamiento y mejora de los baños de uso común y/o cambio de sanitarios.
b) Obras de insonorización horizontal, vertical y paramentos exteriores, inclusive ventanas y puertas, conforme a la normativa vigente en la materia.
c) Adquisición de terminales de punto de venta (TPV) incluido el software y las impresoras.

5º.- Inversiones en el subsector de Empresas de Turismo Activo con una inversión mínima subvencionable de 1.000 € y máxima de 30.000 € para:
a) Adquisición de material y equipos homologados para el correcto desarrollo de las distintas actividades de turismo activo. Quedan incluidos vehículos en aquéllos casos en los que su uso sea indispensable para el correcto desarrolle de la actividad. Quedan excluidos los elementos de transporte para clientes.

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