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CONOCE LAREDO / PORTAL DE TURISMO
05 de Diciembre de 2025
07:31 hs

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CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES EN MATERIA DE FESTEJOS. AÑO 2025.
28 de Agosto del 2025
El objeto de las presentes bases es la regulación del régimen y procedimiento para la convocatoria de subvenciones y ayudas en materia de Festejos a conceder por el Ayuntamiento de Laredo con cargo al presupuesto del ejercicio del año 2025.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/852947).

Conforme a lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Laredo (B.O.C de 8-11-2016). El texto íntegro de estas bases reguladoras se encuentra a disposición de los interesados en la página web del Ayuntamiento de Laredo: www.laredo.es, tablón de anuncios y en el B.O.C. de 21 de julio de 2025

EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES, FINALIZA EL DÍA 9 DE SEPTIEMBRE DE 2025.
 
Primero.- Beneficiarios.

Conforme a lo establecido en el Artículo 4, serán requisitos para concurrir a la convocatoria: Todas aquellas asociaciones o instituciones sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Cantabria, cuya sede social se halle en la Villa de Laredo; Haber justificado ante el Ayuntamiento las subvenciones concedidas en ejercicios anteriores, y, encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, así como con la Hacienda pública. No se admitirán solicitudes de las entidades que sean parte de un convenio de colaboración vigente con el Ayuntamiento de Laredo que incluya la concesión de una subvención. Tampoco podrán optar a estas subvenciones aquellos solicitantes que tengan deudas de cualquier tipo pendientes con la Hacienda municipal, ni quienes concurran en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 (apartados 2 y 3) de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
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