05 de Diciembre de 2025
17:56 hs
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Consejería de Industria. Subvenciones al sector de la distribución comercial minorista para el año 2021. Cantabria.
06/05/2021
06/05/2021
La Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio ha convocado la orden de subvenciones dirigida a incentivar las inversiones en el sector del comercio minorista en Cantabria, por un importe de 941.000 euros.
Enlace convococatoria
La convocatoria incluye tanto obras de acondicionamiento y reforma de los establecimientos de venta al público, como obras para eliminar barreras arquitectónicas, adquisición de equipamiento comercial y maquinaria, e instalación de sistemas de seguridad para la vigilancia de los establecimientos comerciales.
La inversión mínima a realizar se ha reducido a 2.500 euros y se ha incrementado en cinco puntos el porcentaje subvencionable. Otra novedad es que se han incluido las agencias de viajes.
Plazo y beneficiarios
Las subvenciones podrán alcanzar hasta el 35% de los gastos subvencionables del proyecto de inversión, con carácter general, y hasta el 40% en el caso de que la empresa solicitante se encuentre adherida a la Junta Arbitral de Consumo y acredite pertenecer como miembro de pleno derecho a alguna asociación de comerciantes debidamente registrada en el Registro de Asociaciones de Comerciantes de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y hasta una cantidad máxima de 6.000 euros por beneficiario.
Las ayudas se pueden solicitar desde este jueves, 6 de mayo, hasta el 11 de junio, para obras ejecutadas entre el 23 de julio de 2020 y el 11 de junio de este año en establecimientos de comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco, productos industriales, comercio en almacenes populares, comercio mixto o integrado al por menor, reparación de artículos eléctricos para el hogar y otros bienes de consumo, alquiler de bienes de consumo; lavanderías, tintorerías y servicios similares; salones de peluquería e institutos de belleza; servicios fotográficos y de fotocopia, enmarcación y agencias de viajes.
Enlace convococatoria
La convocatoria incluye tanto obras de acondicionamiento y reforma de los establecimientos de venta al público, como obras para eliminar barreras arquitectónicas, adquisición de equipamiento comercial y maquinaria, e instalación de sistemas de seguridad para la vigilancia de los establecimientos comerciales.
La inversión mínima a realizar se ha reducido a 2.500 euros y se ha incrementado en cinco puntos el porcentaje subvencionable. Otra novedad es que se han incluido las agencias de viajes.
Plazo y beneficiarios
Las subvenciones podrán alcanzar hasta el 35% de los gastos subvencionables del proyecto de inversión, con carácter general, y hasta el 40% en el caso de que la empresa solicitante se encuentre adherida a la Junta Arbitral de Consumo y acredite pertenecer como miembro de pleno derecho a alguna asociación de comerciantes debidamente registrada en el Registro de Asociaciones de Comerciantes de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y hasta una cantidad máxima de 6.000 euros por beneficiario.
Las ayudas se pueden solicitar desde este jueves, 6 de mayo, hasta el 11 de junio, para obras ejecutadas entre el 23 de julio de 2020 y el 11 de junio de este año en establecimientos de comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco, productos industriales, comercio en almacenes populares, comercio mixto o integrado al por menor, reparación de artículos eléctricos para el hogar y otros bienes de consumo, alquiler de bienes de consumo; lavanderías, tintorerías y servicios similares; salones de peluquería e institutos de belleza; servicios fotográficos y de fotocopia, enmarcación y agencias de viajes.
Patronato Municipal de Educación de Torrelavega. Bolsa de empleo temporal Psicólogos.
06/05/2021
Patronato Municipal de Educación de Torrelavega
Convocatoria de proceso selectivo para la constitución de la bolsa de empleo temporal del Centro Especial de Empleo SERCA, Psicólogos del Centro.
Enlace
06/05/2021
Patronato Municipal de Educación de Torrelavega
Convocatoria de proceso selectivo para la constitución de la bolsa de empleo temporal del Centro Especial de Empleo SERCA, Psicólogos del Centro.
Enlace
BASES CONCURSO NUEVO HIMNO CLUB DEPORTIVO LAREDO
04/05/2021
El C.D.Laredo, en colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de Laredo, y con el fin de modernizar el himno de nuestro Club, convoca por la presente un concurso de ideas, declarándose éste abierto y público de manera que a él puedan presentarse todas las personas interesadas en el mismo. Dichas bases se pueden consultar a continuación:
04/05/2021
El C.D.Laredo, en colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de Laredo, y con el fin de modernizar el himno de nuestro Club, convoca por la presente un concurso de ideas, declarándose éste abierto y público de manera que a él puedan presentarse todas las personas interesadas en el mismo. Dichas bases se pueden consultar a continuación:
Ayuntamiento de Ampuero. Bolsa de empleo para Técnicos de Educación Infantil para las aulas de dos años.
04/05/2021
Ayuntamiento de Ampuero
Bases reguladoras de las pruebas selectivas para la creación de una bolsa de empleo temporal para Técnicos de Educación Infantil para las aulas de dos años del C.E.I.P. Miguel Primo de Rivera. Expediente 652/2021.
Enlace
04/05/2021
Ayuntamiento de Ampuero
Bases reguladoras de las pruebas selectivas para la creación de una bolsa de empleo temporal para Técnicos de Educación Infantil para las aulas de dos años del C.E.I.P. Miguel Primo de Rivera. Expediente 652/2021.
Enlace
CANTABRIA. Subvenciones para promover el mantenimiento del empleo autónomo.
29/04/2021
Extracto de la Orden EPS/13/2021, de 22 de abril, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2021 de subvenciones destinadas a un programa específico para promover el mantenimiento del empleo autónomo.
Enlace
Enlace Dirección Gral. de Trabajo
El plazo de presentación comienza el 30/04/2021 y finaliza a los 20 días hábiles.
Cuantía.
La cuantía de la subvención será:
a) 2.750 euros: En el caso de hombres no comprendidos en los restantes apartados.
b) 3.500 euros: En el caso de mujeres no comprendidas en los restantes apartados.
c) 4.250 euros: En el caso de personas con discapacidad, personas jóvenes menores de 35 años o personas con 45 o más años de edad.
d) 4.450 euros: En el caso de mujeres víctimas de violencia de género.
2. Se otorgará una subvención adicional en el caso de actividades que se determinen, especialmente las relacionadas con sectores prioritarios que promuevan una transformación verde, digital, inclusiva y social de la economía; a estos efectos se considerarán las actividades que figuran en el Anexo I adjunto a este extracto:
a) 1.000 euros en el caso de hombres.
b) 1.500 euros en el caso de mujeres.
29/04/2021
Extracto de la Orden EPS/13/2021, de 22 de abril, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2021 de subvenciones destinadas a un programa específico para promover el mantenimiento del empleo autónomo.
Enlace
Enlace Dirección Gral. de Trabajo
El plazo de presentación comienza el 30/04/2021 y finaliza a los 20 días hábiles.
Cuantía.
La cuantía de la subvención será:
a) 2.750 euros: En el caso de hombres no comprendidos en los restantes apartados.
b) 3.500 euros: En el caso de mujeres no comprendidas en los restantes apartados.
c) 4.250 euros: En el caso de personas con discapacidad, personas jóvenes menores de 35 años o personas con 45 o más años de edad.
d) 4.450 euros: En el caso de mujeres víctimas de violencia de género.
2. Se otorgará una subvención adicional en el caso de actividades que se determinen, especialmente las relacionadas con sectores prioritarios que promuevan una transformación verde, digital, inclusiva y social de la economía; a estos efectos se considerarán las actividades que figuran en el Anexo I adjunto a este extracto:
a) 1.000 euros en el caso de hombres.
b) 1.500 euros en el caso de mujeres.
Ayuntamiento de Santoña. Bolsa de empleo para personal de limpieza.
28/04/2021
Ayuntamiento de Santoña
Bases que rigen la convocatoria de pruebas selectivas para la creación de una bolsa de empleo para personal de limpieza en instalaciones municipales, por el procedimiento de concurso-oposición. Expediente 2021/630.
Enlace
28/04/2021
Ayuntamiento de Santoña
Bases que rigen la convocatoria de pruebas selectivas para la creación de una bolsa de empleo para personal de limpieza en instalaciones municipales, por el procedimiento de concurso-oposición. Expediente 2021/630.
Enlace
DESCARGA tu Bono Comercio Cantabria - ESTABLECIMIENTOS ADHERIDOS EN LAREDO
26/04/2021
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ESTABLECIMIENTOS ADHERIDOS EN LAREDO

Una iniciativa del GOBIERNO DE CANTABRIA - SODERCAN con la colaboración de la CÁMARA DE COMERCIO.
Patronato Municipal de Educación de Torrelavega. Un Maestro/a de Educación Infantil.
23/04/2021
Patronato Municipal de Educación de Torrelavega
Convocatoria para la contratación laboral temporal y a tiempo parcial, contrato de relevo, de un Maestro/a de Educación Infantil.
Enlace
23/04/2021
Patronato Municipal de Educación de Torrelavega
Convocatoria para la contratación laboral temporal y a tiempo parcial, contrato de relevo, de un Maestro/a de Educación Infantil.
Enlace
ANUNCIO RESULTADO SORTEO PUESTOS VENTA AMBULANTE MERCADO SEMANAL DE LAREDO (PERIODO 2021-2025)
21/04/2021
VER ARCHIVO ADJUNTO
Considerando el procedimiento dispuesto en el artículo 10 y demás concordantes de la Ordenanza Municipal reguladora de las Ventas Fuera del Establecimiento Comercial Permanente y Otras Ventas Especiales en el municipio de Laredo, por la cual se regula el régimen de atribución de autorizaciones para ejercer la venta bajo tal regulación municipal.
Vistos los expedientes con la referencia 2021/190 y 2021/469 de 2021.
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015 en cuanto a que dicha adjudicación supone un procedimiento de concurrencia competitiva, con obligatoriedad por lo tanto de ser sometido a publicidad.
Visto el acta del sorteo de puestos del mercado semanal de venta ambulante de Laredo para el periodo 2021-2025, celebrado el 20 de abril de 2021, siguiendo lo establecido por el Decreto de Alcaldía (DA 2021/345) de fecha 19/04/2021.
RESUELVO:
PRIMERO.- PUBLICAR el resultado del sorteo de puestos del mercado semanal de venta ambulante de Laredo para el periodo 2021-2025 de entre las solicitudes admitidas.
SEGUNDO.- Los solicitantes que hayan obtenido un puesto (autorización de venta) pueden MANISFESTAR, hasta las 08:00 horas del día 25 de abril de 2021, a través de los email secretario@laredo.es o adl@laredo.es su ACEPTACIÓN O RENUNCIA al puesto. Junto al email debe adjuntarse el documento de identidad del titular del puesto.
Si finalizado este plazo, alguno de los solicitantes que hayan obtenido un puesto (autorización de venta) no hubiera realizado MANIFESTACIÓN DE ACEPTACIÓN O RENUNCIA, se entenderá que RENUNCIA AL PUESTO.
En los casos de renuncia, se procederá a ofrecer los puestos a los solicitantes en reserva según su orden establecido en el sorteo.
TERCERO.- Cada puesto será asignado a un titular, no habiendo posibilidad de nombrar Autorizados, según lo establecido en el artículo 7, 2-b de la Ordenanza reguladora de las ventas ambulantes fuera del establecimiento comercial permanente y otras ventas especiales del Ayuntamiento de Laredo “La autorización será personal. En el caso de que el titular sea una persona física, el ejercicio de la actividad habrá de realizarlo siempre el titular al que podrán acompañar en la misma, sus familiares, su pareja de hecho debidamente acreditada o dependientes dados de alta en el correspondiente régimen de Seguridad Social”.
CUARTO.- Los solicitantes de los puestos (autorizaciones de venta) han declarado a la fecha de la solicitud (Anexo II) reúnen todas las condiciones para ejercer la actividad de venta ambulante:
(…)
c) Estar en situación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y estar al corriente en el pago de la tarifa, o en el caso de exención, estar dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios.
d) Estar al corriente de pago de las cotizaciones a la Seguridad Social.
e) Estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Laredo.
f) Reunir las condiciones exigidas por la normativa reguladora del producto (en caso de productos alimenticio, estar en posesión de carné de manipulador de alimentos y certificado sanitario en vigor).
g) Disponer de seguro de responsabilidad civil.
El incumplimiento de alguna de estas condiciones supone la pérdida de la condición de solicitante y por tanto de poder optar a los puestos.
QUINTO.- Hasta las 14:00 horas del 27 de abril de 2021 se presentará la documentación que a continuación se detalla en las oficinas de Agencia de Desarrollo Local por los solicitantes que hayan ACEPTADO su puesto para tramitar su autorización de venta:
•2 Fotografía del titular del puesto tamaño carné (a color y aceptable calidad).
•Documento que acredite estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas y acreditar estar al corriente del pago en las correspondientes cuotas, en su caso.
•Documento que acredite estar dado de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social y del que pruebe estar al corriente en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, en su caso.
•En los puestos de alimentación: Documentación que acredite que se reúnen las condiciones exigidas por la normativa reguladora del producto. Fotocopia del Carné de Manipulador de Alimentos, y del Certificado Sanitario emitido por el Facultativo de Salud Pública de la zona, cuando se trate de vendedores de productos alimenticios.
•Seguro de Responsabilidad civil.
Se solicitará informe de la situación de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Laredo de cada uno de los solicitantes que hayan manifestado aceptar el puesto. A efectos de comprobar que se cumplen las condiciones para conceder autorización de venta.
SEXTO.- La Agencia de Desarrollo Local emitirá el informe sobre el proceso del apartado anterior y de los adjudicatarios de los puestos (autorizaciones de venta) según procedimiento dispuesto en los artículos 11, 12 y demás concordantes de la Ordenanza Municipal reguladora de las Ventas Fuera del Establecimiento Comercial Permanente y Otras Ventas Especiales en el municipio de Laredo.
SÉPTIMO.- Los adjudicatarios (titulares) deberán realizar el 28 de abril de 2021, en horario de tarde, la formación obligatorio en medidas de emergencia que organiza el Ayuntamiento de Laredo. El horario y el lugar de celebración se comunicará con la debida antelación.
OCTAVO.- Esta resolución será objeto de publicación, en el “Perfil de Contratante” de la página Web municipal, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, surtiendo esta publicación los efectos de la notificación.
21/04/2021
ANUNCIO RESULTADO SORTEO PUESTOS VENTA AMBULANTE MERCADO SEMANAL DE LAREDO (PERIODO 2021-2025)
VER ARCHIVO ADJUNTO
Considerando el procedimiento dispuesto en el artículo 10 y demás concordantes de la Ordenanza Municipal reguladora de las Ventas Fuera del Establecimiento Comercial Permanente y Otras Ventas Especiales en el municipio de Laredo, por la cual se regula el régimen de atribución de autorizaciones para ejercer la venta bajo tal regulación municipal.
Vistos los expedientes con la referencia 2021/190 y 2021/469 de 2021.
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015 en cuanto a que dicha adjudicación supone un procedimiento de concurrencia competitiva, con obligatoriedad por lo tanto de ser sometido a publicidad.
Visto el acta del sorteo de puestos del mercado semanal de venta ambulante de Laredo para el periodo 2021-2025, celebrado el 20 de abril de 2021, siguiendo lo establecido por el Decreto de Alcaldía (DA 2021/345) de fecha 19/04/2021.
RESUELVO:
PRIMERO.- PUBLICAR el resultado del sorteo de puestos del mercado semanal de venta ambulante de Laredo para el periodo 2021-2025 de entre las solicitudes admitidas.
SEGUNDO.- Los solicitantes que hayan obtenido un puesto (autorización de venta) pueden MANISFESTAR, hasta las 08:00 horas del día 25 de abril de 2021, a través de los email secretario@laredo.es o adl@laredo.es su ACEPTACIÓN O RENUNCIA al puesto. Junto al email debe adjuntarse el documento de identidad del titular del puesto.
Si finalizado este plazo, alguno de los solicitantes que hayan obtenido un puesto (autorización de venta) no hubiera realizado MANIFESTACIÓN DE ACEPTACIÓN O RENUNCIA, se entenderá que RENUNCIA AL PUESTO.
En los casos de renuncia, se procederá a ofrecer los puestos a los solicitantes en reserva según su orden establecido en el sorteo.
TERCERO.- Cada puesto será asignado a un titular, no habiendo posibilidad de nombrar Autorizados, según lo establecido en el artículo 7, 2-b de la Ordenanza reguladora de las ventas ambulantes fuera del establecimiento comercial permanente y otras ventas especiales del Ayuntamiento de Laredo “La autorización será personal. En el caso de que el titular sea una persona física, el ejercicio de la actividad habrá de realizarlo siempre el titular al que podrán acompañar en la misma, sus familiares, su pareja de hecho debidamente acreditada o dependientes dados de alta en el correspondiente régimen de Seguridad Social”.
CUARTO.- Los solicitantes de los puestos (autorizaciones de venta) han declarado a la fecha de la solicitud (Anexo II) reúnen todas las condiciones para ejercer la actividad de venta ambulante:
(…)
c) Estar en situación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y estar al corriente en el pago de la tarifa, o en el caso de exención, estar dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios.
d) Estar al corriente de pago de las cotizaciones a la Seguridad Social.
e) Estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Laredo.
f) Reunir las condiciones exigidas por la normativa reguladora del producto (en caso de productos alimenticio, estar en posesión de carné de manipulador de alimentos y certificado sanitario en vigor).
g) Disponer de seguro de responsabilidad civil.
El incumplimiento de alguna de estas condiciones supone la pérdida de la condición de solicitante y por tanto de poder optar a los puestos.
QUINTO.- Hasta las 14:00 horas del 27 de abril de 2021 se presentará la documentación que a continuación se detalla en las oficinas de Agencia de Desarrollo Local por los solicitantes que hayan ACEPTADO su puesto para tramitar su autorización de venta:
•2 Fotografía del titular del puesto tamaño carné (a color y aceptable calidad).
•Documento que acredite estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas y acreditar estar al corriente del pago en las correspondientes cuotas, en su caso.
•Documento que acredite estar dado de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social y del que pruebe estar al corriente en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, en su caso.
•En los puestos de alimentación: Documentación que acredite que se reúnen las condiciones exigidas por la normativa reguladora del producto. Fotocopia del Carné de Manipulador de Alimentos, y del Certificado Sanitario emitido por el Facultativo de Salud Pública de la zona, cuando se trate de vendedores de productos alimenticios.
•Seguro de Responsabilidad civil.
Se solicitará informe de la situación de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Laredo de cada uno de los solicitantes que hayan manifestado aceptar el puesto. A efectos de comprobar que se cumplen las condiciones para conceder autorización de venta.
SEXTO.- La Agencia de Desarrollo Local emitirá el informe sobre el proceso del apartado anterior y de los adjudicatarios de los puestos (autorizaciones de venta) según procedimiento dispuesto en los artículos 11, 12 y demás concordantes de la Ordenanza Municipal reguladora de las Ventas Fuera del Establecimiento Comercial Permanente y Otras Ventas Especiales en el municipio de Laredo.
SÉPTIMO.- Los adjudicatarios (titulares) deberán realizar el 28 de abril de 2021, en horario de tarde, la formación obligatorio en medidas de emergencia que organiza el Ayuntamiento de Laredo. El horario y el lugar de celebración se comunicará con la debida antelación.
OCTAVO.- Esta resolución será objeto de publicación, en el “Perfil de Contratante” de la página Web municipal, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, surtiendo esta publicación los efectos de la notificación.
Subvenciones a aficionados para la producción de obras y la realización de giras en materia de artes escénicas en la modalidad de teatro y para giras en materia musical, y las ayudas a afi cionados a la edición
20/04/2021
Conforme establece el artículo 24.18 del Estatuto de Autonomía, la cultura es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Uno de los objetivos prioritarios de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria es el apoyoa la cultura y, concretamente, el apoyo a las artes escénicas en sus diferentes modalidades
(teatro, circo y magia).
Para ello, y de acuerdo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte por medio de la presente Orden se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la producción de obras y la realización de giras en materia de teatro y giras de música
para afi cionados, así como las ayudas a la edición musical y audiovisual para afi cionados, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, control, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la administración otorgante y efi- ciencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, establecidos
en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.
Para más información ver el documento adjunto
20/04/2021
Conforme establece el artículo 24.18 del Estatuto de Autonomía, la cultura es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Uno de los objetivos prioritarios de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria es el apoyoa la cultura y, concretamente, el apoyo a las artes escénicas en sus diferentes modalidades
(teatro, circo y magia).
Para ello, y de acuerdo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte por medio de la presente Orden se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la producción de obras y la realización de giras en materia de teatro y giras de música
para afi cionados, así como las ayudas a la edición musical y audiovisual para afi cionados, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, control, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la administración otorgante y efi- ciencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, establecidos
en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.
Para más información ver el documento adjunto
